miércoles, 15 de diciembre de 2010

LOS DEBERES DEL ALUMNADO

Artículo 24. Deber de estudio y de asistencia a clase


El estudio es un deber básico de los alumnos, que comporta el desarrollo y aprovechamiento de sus aptitudes personales y los conocimientos que se impartan. La finalidad del deber al estudio es que, por medio del aprendizaje efectivo de las distintas materias que componen los currículos, los alumnos y las alumnas adquieran una formación integral que les permita alcanzar el máximo rendimiento académico, el pleno desarrollo de la su personalidad, la adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, la preparación para participar en la vida social y cultural, y la capacitación para el ejercicios de actividades profesionales. Este deber básico, que requiere esfuerzo, disciplina y responsabilidad por parte de los alumnos, se concreta en las siguientes obligaciones:

a) Tener una actitud activa, participativa y atenta en clase sin interrumpir ni alterar el funcionamiento normal de las clases.

b) Participar en las actividades formativas orientadas al desarrollo del curriculum.

c) Asistir al centro educativo con el material y el equipamiento necesarios para poder participar activamente en el desarrollo de las clases.

d) Realizar las tareas encomendadas por el profesorado en el ejercicio de sus funciones.

e) Realizar el esfuerzo necesario en función de su capacidad, para comprender y asimilar los contenidos de las distintas áreas, asignaturas y módulos.

f) Respetar el ejercicio del derecho y el deber al estudio de los otros alumnos.

g) Respetar el ejercicio del derecho y el deber a la participación en las actividades formativas de los otros alumnos.

h) Permanecer en el recinto escolar durante la jornada lectiva.

i) Atender las explicaciones, manifestar esfuerzo personal y de superación para sacar el máximo rendimiento.

j) Cualquier otras establecidas por la normativa vigente.


4. Los alumnos y alumnas tienen, asimismo, deber de asistir a clase con puntualidad.Artículo 25. Deber de respeto a los demás.



Artículo 25. Deber de respeto a los demás


1. Los alumnos y alumnas Tener el deber de respetar el ejercicios de los derechos y las libertades de todos los miembros de la comunidad educativa.


2. Este deber se concreta en las siguientes obligaciones:

a) Respetar la libertad de conciencia, y las convicciones religiosas, morales e ideológicas de los miembros de la comunidad educativa.

b) Respetar la identidad, la integridad, la dignidad y la intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

c) Colaborar con el profesorado en su responsabilidad de transmisión.

d) Cumplir las normas y seguir las pautas establecidas por el profesorado
e) No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de nacimiento,sexo,raza,lengua,o por cualquier otra circunstancia personal o social.

Articulo 26. Deber de respetar las normas de convivencia

1. Los alumnos y las alumnas tienen el deber de respetar las normas de organización,convivencia y disciplina del centro educativo.

2. Este deber se concreta en las obligaciones siguientes:

a) Participar y colaborar en la promoción de un ambiente de convivencia escolar adecuado, así como conocer el plan de convivencia del centro.

b) respetar el derecho de los alumnos restantes que no sea perturbada la actividad educativa.

c) Justificar de manera adecuada y documentalmente, delante del tutor o tutora, las faltas de asistencia y de puntualidad. En caso que sea menor de edad, se justificará por parte de los padres del alumno.

d) Utilizar adecuadamente las instalaciones, los materiales y los recursos educativos del centro.

e) Respetar los bienes y las pertinencias de los miembros de la comunidad educativa.

f) Cumplir el reglamento del régimen interior del centro.

g) Respetar y cumplir las decisiones de las miembros unipersonales y colegiados del centro, sin perjuicio de hacer uso de sus derechos cuando considere que alguna de las decisiones vulnere alguno, de acuerdo con el procedimiento que establece el régimen interior del centro y la legislación vigente.

h) Cumplir las normas de seguridad, alud y higiene en los centros docentes, considerando expresamente la prohibición de fumar, traer y consumir bebidas alcohólicas, estupefacientes y psicotrópicos.

i) Respetar el proyecto educativo, o el carácter propio del centro, de acuerdo con la legislación vigente.

j) Responsabilizarse de las comunicaciones que se establezcan entre la familia y el centro educativo y al contrario.

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